A partir del 14 de diciembre se pueden solicitar las ayudas del Plan de Movilidad Urbana Sostenible (Plan MUS) para la compra de turismos de GNC. La dotación presupuestaria para esta convocatoria es de 2.000.000 euros.
Cuantía:
La cuantía máxima de las ayudas que podrán percibir los usuarios que realicen la compra, para los vehículos de GNC o bifuel de categoría M1, es la siguiente:
- Límite de precio de venta: 25.000€
- Ayuda plan MUS: 2.500€
- Ayuda concesionario: 1.000€
Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 14 de diciembre de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019 o, en su caso, hasta que finalice el período de prórroga del Plan MUS, siempre que exista crédito disponible.
Condiciones:
El Plan MUS se destinará a la adquisición directa de vehículos nuevos, matriculados por primera vez en la Comunidad de Madrid, cuya fecha de factura de compra y fecha de matriculación, estén comprendidos en los plazos publicados en la correspondiente convocatoria, o en su caso hasta que finalice el período de prórroga.
Podrán acogerse a las ayudas reguladas en estas bases y obtener la condición de beneficiarios de las mismas las personas físicas residentes en la Comunidad de Madrid que adquieran un vehículo perteneciente a la categoría M1 (Turismos M1: Vehículos de motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros, que tengan, además del asiento del conductor, ocho plazas como máximo) que funcionen con gas natural (GNC).
En el caso concreto de las ayudas que se concedan para la adquisición de vehículos homologados como GNC, o bifuel gasolina-gas, se entenderá por vehículo nuevo, aquel procedente de fábrica o transformado y garantizado bajo el control del fabricante a través de su red autorizada. Los vehículos deberán estar registrados en la base de datos de “Consumo de Carburantes y emisiones de CO2 en coches nuevos”, elaborada por la entidad pública empresarial Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).
Podrán obtener la condición de beneficiarios de las ayudas, las personas físicas que reúnan todos los requisitos exigibles en las bases.
No se requiere el achatarramiento de vehículos para acceder a las ayudas a la adquisición de vehículos en cualquiera de sus categorías.
Cada beneficiario podrá tiene un límite de un vehículo por beneficiario.
Consulta la CONVOCATORIA (página 102), el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid o entra en www.planmus.com