Con fecha 4 de julio de 2018 se ha publicado en el BOCM, la convocatoria de subvenciones para la adquisición de vehículos con bajas emisiones destinadas al servicio de autotaxi para el año 2018.
Cuantía
El crédito destinado a esta convocatoria asciende a 799.938 €.
Los tramos de subvención son:
- Tramo I con una ayuda de 3.000 € dirigido a turismos Eurotaxi con etiqueta ECO, no propulsados por combustible diésel.
- Tramo II con un 5% del importe del vehículo, IVA excluido, hasta un máximo de 1.200 euros dirigido a turismos con etiqueta ECO, no propulsados por combustible diésel.
Esta subvención va dirigida a titulares de licencia de taxi que hayan adquirido turismos nuevos desde el día 30 de junio de 2017 hasta el 25 de julio de 2018.
Requisitos del plazo
- Ser titular de licencia de autotaxi en activo del Ayuntamiento de Madrid. No podrán encontrarse en situación de suspensión o excedencia en la fecha que finalice el plazo de presentación de la solicitud.
- Adquirir o haber adquirido en el periodo comprendido entre el día 30 de junio de 2017 hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, un turismo nuevo con las características previstas en esta convocatoria para su adscripción a una licencia de autotaxi.
- El vehículo sustituido no podrá tener una antigüedad superior a 10 años, contado a partir de la fecha de primera matriculación, cualquiera que sea el país donde ésta se hubiere producido, en la fecha que finalice el plazo de presentación de la solicitud.
- No estar incurso en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, particularmente:
- Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con el Estado y con el Ayuntamiento de Madrid, y se compromete a comunicar en cualquier momento la existencia de deudas por reintegro de subvenciones.
- Hallarse al corriente de pago de obligaciones tributarias y de Seguridad Social, así como con el Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Se entenderá cumplido este requisito cuando las deudas se encuentren aplazadas o fraccionadas o se haya acordado su suspensión por impugnación de las mismas.
¿Cómo realizar el trámite?
- En línea: Realizando solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico’ disponible en ‘Tramitar en línea‘ (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
- Presencial: Las solicitudes, en impreso normalizado, junto con la documentación requerida en las bases y demás documentación en las oficinas de los registros municipales, en los registros de otras Administraciones Públicas o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común.
Documentación
- Declaración responsable, incluida en el impreso normalizado de solicitud.
- Documento normalizado “T” alta de pago por transferencia. Disponible en información relacionada y en el Registro del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad (Calle Albarracín, 33).
- Factura original de adquisición del vehículo donde conste el justificante de pago, sello de pagado en la que se detalle:
- Matrícula o número de bastidor.
- Marca del vehículo.
- Modelo.
- Variante (según calificación de la Tarjeta ITV).
- Versión (según calificación de la Tarjeta ITV).
- Sistema de propulsión y energía que utiliza.
- Tarjeta de inspección técnica.
- Permiso de circulación del vehículo.
La fecha de finalización de la ayuda es el 25 de julio de 2018. Más información aquí.