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La ley relativa al impuesto que gravará las emisiones de los buques de gran eslora durante su estancia en los puertos de Catalunya deberá tener en cuenta, según se señala en la Ley de Cambio Climático, que dicho impuesto tendrá que gravar las emisiones de óxidos de nitrógeno durante las maniobras de atraque y durante la estancia del buque en muelle; los ingresos derivados del impuesto se destinarán a la dotación del Fondo para la Protección del Ambiente Atmosférico; la base imponible será los kilos de óxidos de nitrógeno emitidos por el buque durante las maniobras y durante su estancia en el puerto, realizando el cálculo siguiendo la metodología establecida por la Unión Europea (UE) a través de la Agencia Europea de Medioambiente; la cuota se determinará en función de la base imponible y del tipo impositivo, con un valor estimado de1.000 euros por tonelada de óxido de nitrógeno emitido.
Infraestructuras
Además de la disposición relativa a las emisiones de los buques, la nueva Ley del Cambio Climático habla específicamente tanto de infraestructuras como de transportes y movilidad. Así, la ley precisa que los gestores de infraestructuras como puertos, aeropuertos, transporte terrestre, entre otros, que quieran beneficiarse de ayudas, bonificaciones y beneficios fiscales relativos a actuaciones y proyectos de naturaleza ambiental, energética, de innovación o para una transición «hacia una economía baja en carbono» deberán acreditar que han llevado a cabo ciertos análisis e inventarios que certifiquen la adopción de medidas destinadas a reducir las emisiones contaminantes.
Respecto a la movilidad, se habla de la necesidad de racionalizar el transporte de mercancías y de crear las condiciones técnicas y de gestión adecuadas para facilitar la intermodalidad, entre otras medidas. Además se creará un impuesto sobre las emisiones de CO2 de los vehículos, en el que se incluyen los comerciales ligeros.
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